Anteriormente, se les compartio el incremento de pagos del SOAT. Y para su interés para que este al tanto de lo que influye estos incremento en proporción al 5.9% del salario minimo le estaremos relacionando la cuota moderadora y copago que deben cancelar en su EPS.
La cuota Moderadora, es la que se paga por servicios como consultas externas, exámenes de diagnóstico, formulación de medicamentos y atención en el servicio.
De acuerdo con el reajuste, los usuarios de la categoría A (es decir, los que ganan menos de dos salarios mínimos) pagarán este año $3.000 por cada servicio; los de la categoría B (quienes ganan entre dos y cinco salarios), $12.000 y los de la categoría C (quienes ganan más de cinco salarios), $31.600.
También fueron reajustados los copagos, que son los aportes que solo pagan los beneficiaros, no los cotizantes, por atenciones como cirugías, hospitalizaciones, apoyos terapéuticos y diagnósticos de complejidad.
En el régimen contributivo, en la categoría A, ese copago quedó en $224.216, sin que puede exceder el tope de $449.214 acumulados en el año. En la categoría B quedó en $898.428, con un máximo de $1.796.856, y para la categoría C, la tarifa quedó en $1.796.856, con un máximo de $3.593.713 en el año.
La población perteneciente a comunidades indígenas o habitante de calle no deberá cancelar copagos, así como los servicios de control prenatal, la atención del parto y la atención del niño durante el primer año de vida.
Otros servicios exentos esta contribución son: promoción y prevención, programas de control en atención de las enfermedades transmisibles, enfermedades catastróficas de alto costo y la atención inicial de urgencias.
Fuentes: Caracol Radio / Opinion&salud
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