De las 25 Entidades Promotora de Salud (EPS) que están registradas y aprobadas por la Superintendencia Nacional de Salud, tienen el deber de cumplir con el Plan Obligatorio de Salud (POS) a todos sus afiliados.
Dicho Plan es un paquete básico de
servicios que incluye información y fomento de la salud, así como prevención,
atención a todo tipo de enfermedades, tratamientos y rehabilitación.
También contempla enfermedades ruinosas o catastróficas,
como cáncer y sida, con tratamientos de radioterapia o quimioterapia durante
toda la enfermedad, los cuales están sujetos a un periodo mínimo de cotización,
excepto cuando se trata de atención de urgencia.
Sin embargo, si el
paciente se encuentra en fase terminal por cuenta de una enfermedad ruinosa, la EPS no le ofrece tratamientos, pero sí le
brinda soporte sicológico, terapia paliativa para el dolor o terapia de
mantenimiento.
Aunque las EPS deben ofrecer hospitalización durante todo el tiempo que
lo requiera el paciente, no están obligadas a hacerlo cuando se trata de
pacientes en los que no se prevé recuperación, como aquellos que presentan
muerte cerebral o que están en etapa terminal de cualquier tipo de enfermedad.
El POS incluye atención de toda clase de urgencias, de
enfermedades generales y de maternidad.
Los afiliados que lo requieran pueden hacerse
tratamientos de diálisis, trasplantes renales, de corazón, de médula ósea y de
córnea.
Si el paciente tiene más de una de esas enfermedades
debe pagar de su bolsillo o comprar un plan complementario que lo cubra. (Actualmente
el Ministerio estudia la reglamentación de esos paquetes que ofrecerán las EPS).
Pueden recibir
tratamientos quirúrgicos para enfermedades del corazón, del sistema nervioso
central o para enfermedades de origen genético o congénito, como también para
traumas mayores, cuidados intensivos y reemplazos de articulaciones.
Para ello, las EPS deben suministrar a sus afiliados una
lista de médicos y hospitales, dentro de los cuales el usuario puede elegir,
según sus preferencias o situaciones de urgencia.
La EPS debe prestar atención elemental y
especializada cuantas veces lo requiera el usuario, así como realizar exámenes
de laboratorio, hacer diagnósticos y suministrar las medicinas esenciales.
Fuente: EL tiempo y Ministerio Nacional de Salud.
Redactado por: Grupo La Actualida7
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